7 de noviembre de 2026
El máximo tribunal dejó firme la condena a diez años de prisión contra Pedro Müller por su participación en delitos de lesa humanidad cometidos en la planta de General Pacheco.
La Corte Suprema de Justicia dejó firme una condena histórica que reconoce la participación de sectores empresariales en el terrorismo de Estado durante la última dictadura cívico-militar. El máximo tribunal confirmó la pena de diez años de prisión contra Pedro Müller, exgerente de Manufactura de Ford Motor Argentina, por su responsabilidad como partícipe necesario en los secuestros y las torturas de 24 trabajadores de la automotriz, muchos de ellos delegados sindicales, entre 1976 y 1977.
La resolución ratifica la sentencia dictada en diciembre de 2018 por el Tribunal Oral Federal N.º 1 de San Martín, que se convirtió en la primera condena en la Argentina contra altos directivos de una empresa multinacional por su participación en crímenes de lesa humanidad. El fallo constituye un antecedente fundamental para establecer la responsabilidad de civiles y empresarios que colaboraron con el aparato represivo de las Fuerzas Armadas.
Durante el juicio quedó acreditado que 24 trabajadores de la planta de Ford en General Pacheco fueron víctimas de secuestros y torturas, en el marco de la persecución desplegada contra la organización sindical después del golpe de Estado del 24 de marzo de 1976. De ese total, 17 fueron secuestrados directamente en sus lugares de trabajo, mientras que otros fueron capturados fuera del establecimiento. La mayoría de las víctimas desarrollaba actividades gremiales o tenía participación en reclamos laborales.
La investigación judicial determinó que dentro de la propia fábrica funcionó un centro clandestino de detención y tortura, instalado en un quincho del predio industrial. Allí fueron trasladados y sometidos a tormentos varios trabajadores antes de ser derivados a otros centros de detención. Los tribunales también comprobaron que las fuerzas represivas utilizaron vehículos e instalaciones de la compañía para desarrollar sus operaciones.

La participación de las autoridades empresariales fue determinante para facilitar la persecución de los trabajadores. Según estableció la Justicia, directivos de Ford proporcionaron información personal, credenciales, legajos y listados que permitieron a las fuerzas militares identificar y localizar a las personas que serían secuestradas. Müller, considerado el segundo hombre de mayor jerarquía de la compañía y máxima autoridad dentro de la planta, fue responsabilizado por facilitar esas operaciones y permitir que parte de las víctimas permanecieran cautivas dentro del establecimiento.
La causa también involucró a Héctor Francisco Jesús Sibilla, exjefe de Seguridad de Ford, quien recibió una condena de doce años de prisión y falleció antes de esta última resolución judicial. En el mismo proceso fue condenado a quince años el exmilitar Santiago Omar Riveros. Las sentencias establecieron que la represión contra los trabajadores no fue una sucesión de hechos aislados, sino parte del plan sistemático de persecución política y sindical desplegado por la dictadura, con colaboración de integrantes de la estructura empresarial.
La decisión de la Corte Suprema fue adoptada por mayoría, con los votos de Horacio Rosatti y los conjueces Fernando Poviña y Juan Ignacio Pérez Curci, quienes rechazaron el recurso presentado por la defensa de Müller. El tribunal consideró que los planteos no lograron refutar los fundamentos de la condena y destacó la necesidad de analizar la participación de civiles en delitos de lesa humanidad dentro del contexto histórico de persecución contra trabajadores y organizaciones gremiales.
Carlos Rosenkrantz votó en disidencia y propuso absolver al exdirectivo, al considerar que no se había acreditado suficientemente su responsabilidad penal individual. El magistrado cuestionó que la condena pudiera sostenerse a partir de elementos generales sobre el funcionamiento de la empresa y sostuvo que debían aplicarse los mismos estándares probatorios exigidos para cualquier delito. Ricardo Lorenzetti no participó de la resolución. La posición de Rosenkrantz quedó en minoría y la condena de Müller adquirió firmeza.
El fallo llega después de más de dos décadas de lucha judicial de las víctimas, sus familiares y los organismos de derechos humanos. La investigación comenzó en 2003, la sentencia inicial fue dictada en 2018 y posteriormente fue confirmada por la Cámara Federal de Casación Penal en 2021. Durante ese extenso recorrido fallecieron trabajadores que habían impulsado la búsqueda de justicia, entre ellos Pedro Troiani, exdelegado de Ford y una de las víctimas de la represión. Müller, actualmente de 95 años, permanecía en libertad mientras se resolvía su situación judicial.
Con la condena firme, el expediente regresará al Tribunal Oral Federal N.º 1 de San Martín para avanzar en la ejecución de la pena. La resolución representa un nuevo reconocimiento judicial de la complicidad empresarial con el terrorismo de Estado y reafirma que la persecución contra los trabajadores durante la dictadura también contó con la participación de sectores del poder económico. A 50 años del golpe de 1976, el caso Ford continúa siendo uno de los antecedentes más importantes en la búsqueda de memoria, verdad y justicia por los crímenes cometidos contra el movimiento obrero argentino.
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