2 de junio de 2026
El Gobierno oficializó el funcionamiento del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un esquema creado por la reforma laboral que reemplaza el pago directo de indemnizaciones por un sistema financiado con aportes mensuales de las empresas.
El Gobierno nacional avanzó con la reglamentación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), uno de los puntos centrales de la reforma laboral impulsada por la administración de Javier Milei. El nuevo mecanismo comenzará a funcionar a partir de noviembre de 2026 y alcanzará a unos 5,8 millones de trabajadores registrados del sector privado, modificando de manera significativa la forma en que se financiarán las indemnizaciones por despido y los costos derivados de eventuales conflictos laborales.
La medida fue oficializada mediante una resolución conjunta de distintos organismos nacionales y establece que las empresas deberán realizar aportes mensuales obligatorios a fondos de inversión especialmente creados para este fin. De acuerdo con el esquema diseñado por el Poder Ejecutivo, esos recursos serán administrados por entidades autorizadas por la Comisión Nacional de Valores (CNV) y quedarán disponibles para afrontar indemnizaciones y otras obligaciones vinculadas a la extinción de la relación laboral.
Según la reglamentación, el sistema estará dirigido exclusivamente a trabajadores registrados del sector privado, quedando excluidos los empleados públicos, el personal de casas particulares y aquellas actividades que la legislación determine expresamente. Además, solo podrán acceder a la cobertura quienes hayan estado debidamente registrados durante al menos doce meses antes de la finalización del vínculo laboral.
La principal novedad es que las indemnizaciones dejarán de depender exclusivamente del patrimonio de la empresa al momento del despido y pasarán a financiarse mediante un fondo previamente constituido con aportes periódicos. De esta manera, el Gobierno busca avanzar hacia un modelo similar al denominado "fondo de cese laboral", una alternativa que desde hace años es promovida por sectores empresariales como reemplazo del sistema tradicional de indemnizaciones.
El esquema contempla que cada empleador cuente con una cuenta individual identificada dentro del sistema y que los aportes sean derivados automáticamente a través de los mecanismos de recaudación administrados por ARCA. Posteriormente, esos fondos serán transferidos a las entidades financieras habilitadas para su administración. La normativa también establece que los recursos deberán invertirse exclusivamente en instrumentos emitidos y negociados dentro de la República Argentina.
Desde el oficialismo sostienen que el nuevo sistema aportará previsibilidad, reducirá litigiosidad y facilitará la planificación de los costos laborales. Sin embargo, la reglamentación también despertó interrogantes en sectores sindicales y laborales, que observan con preocupación el impacto que podría tener sobre el régimen indemnizatorio vigente y sobre el derecho de los trabajadores a percibir una reparación integral frente a un despido sin causa.
Otro de los aspectos que genera debate es que el fondo también podrá utilizarse para afrontar gastos vinculados a juicios laborales, incorporando una herramienta que hasta ahora no existía dentro del sistema argentino. Para diversos especialistas en derecho laboral, esto implica un cambio profundo en la lógica histórica de protección del empleo y en la responsabilidad directa del empleador frente a la ruptura del contrato de trabajo.
La reglamentación llega además en un contexto de fuerte discusión sobre el mercado laboral argentino, marcado por la caída del empleo registrado privado, el crecimiento de modalidades más flexibles de contratación y las presiones de organismos internacionales para avanzar en nuevas reformas estructurales.
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