30 de marzo de 2026

REFORMA LABORAL

REFORMA LABORAL. La justicia frenó la reforma laboral de Milei: cautelar histórica a favor de la CGT

El fallo no declara aún la inconstitucionalidad de la reforma, pero marca un límite: la ley no podrá aplicarse hasta que haya una sentencia definitiva.

La Justicia Nacional del Trabajo dictó una medida cautelar que suspende la aplicación de los puntos más sensibles de la reforma laboral impulsada por el Gobierno, tras una presentación de la Confederación General del Trabajo (CGT), en un fallo que ya genera impacto político y sindical.

La resolución judicial responde a una acción declarativa presentada por la central obrera, que cuestionó la constitucionalidad de múltiples artículos de la Ley 27.802 por considerar que vulneran derechos fundamentales de los trabajadores consagrados en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional.

En ese marco, el juez entendió que existen "indicios serios y graves" de inconstitucionalidad, al advertir que la reforma podría implicar una regresión en derechos laborales individuales y colectivos, lo que habilitó el dictado de una medida cautelar para frenar su implementación.

Uno de los puntos centrales del fallo es el reconocimiento de una "verosimilitud del derecho calificada", es decir, una fuerte probabilidad de que los planteos de la CGT tengan sustento jurídico, lo que refuerza la gravedad del escenario abierto por la reforma.


Además, el magistrado consideró probado el "peligro en la demora", al sostener que la aplicación inmediata de la ley podría generar daños irreparables en millones de relaciones laborales, consolidando situaciones que luego serían imposibles de revertir.

Entre los aspectos más cuestionados aparecen cambios estructurales como la eliminación del principio "in dubio pro operario", la flexibilización de la jornada laboral mediante el banco de horas, la posibilidad de fraccionar vacaciones y la ampliación del poder del empleador sobre las condiciones de trabajo.

También se puso el foco en la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un sistema que reemplaza indemnizaciones tradicionales y que, según el fallo, no garantiza protección frente al despido ni cumple con el mandato constitucional de tutela del trabajador, además de abrir interrogantes sobre el destino de los fondos.

En el plano colectivo, la resolución advierte sobre restricciones a la actividad sindical, limitaciones al derecho de huelga y cambios en la negociación colectiva, lo que podría debilitar el funcionamiento de las organizaciones gremiales y el equilibrio en las relaciones laborales.

El Gobierno, por su parte, había argumentado que la suspensión de la ley afecta el interés público y la división de poderes, pero el juez respondió que es función del Poder Judicial garantizar que las leyes respeten la Constitución, incluso frente a decisiones del Congreso.

De esta manera, el fallo no declara aún la inconstitucionalidad de la reforma, pero sí marca un límite contundente: la ley no podrá aplicarse hasta que haya una sentencia definitiva, en un escenario que anticipa una batalla judicial de alto voltaje y un nuevo capítulo en la disputa por el modelo laboral en la Argentina.

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