11 de diciembre de 2025
El Gobierno incorpora a las plataformas bajo un nuevo régimen y declara "repartidores independientes" a las trabajadores. El resultado es un modelo que ordena a los trabajadores cumplir obligaciones impositivas, contractuales y operativas, pero no establece obligaciones equivalentes para las empresas que administran las apps.
La reforma laboral impulsada por el Gobierno sumó un capítulo específico destinado a regular el trabajo en plataformas digitales. El apartado se denomina "Servicios personales de transporte, reparto y mensajería utilizando plataformas tecnológicas" y, lejos de reconocer a los repartidores como trabajadores, los redefine como "repartidores independientes".
El cambio no es menor: la figura evita por completo la relación de dependencia y convierte la actividad en un "servicio" prestado entre particulares, mientras las plataformas mantienen un rol de intermediación sin cargas laborales. El resultado es un modelo que ordena a los trabajadores cumplir obligaciones impositivas, contractuales y operativas, pero no establece obligaciones equivalentes para las empresas que administran las apps.
El proyecto define "mensajería urbana", "repartidor independiente de plataformas" y "contrato de prestación del servicio" bajo una lógica de intercambio comercial, no laboral. El repartidor queda situado como un prestador autónomo que trabaja "a través" de una aplicación, sin vínculo laboral, sin salario garantizado y sin cobertura social por parte de la empresa.
La plataforma, por su parte, es únicamente "la persona jurídica que administra o gestiona un código ejecutable" que permite ofrecer servicios en un territorio específico. Desde esa premisa, no existe responsabilidad laboral del empleador: solo se fija un marco de operación tecnológica.
El proyecto destaca que el repartidor será libre de conectarse cuando quiera, aceptar o rechazar pedidos y definir cómo presta el servicio. Sin embargo, esa aparente flexibilidad convive con un esquema donde el trabajador debe asumir todos los costos: desde la inscripción fiscal y el pago de aportes jubilatorios hasta la provisión de herramientas para trabajar.
Los repartidores independientes deberán:
En la práctica, el proyecto fija deberes claros y estrictos para los trabajadores, mientras las plataformas solo deben garantizar acceso a información básica, elementos de seguridad vial y un canal de reclamos. No hay obligaciones de asegurar ingresos mínimos, horarios razonables, protección ante despidos encubiertos ni regulaciones sobre algoritmos que afectan la asignación de viajes.
Entre los derechos, los repartidores pueden rechazar pedidos, solicitar explicaciones por bloqueos y acceder a capacitaciones que deben pagar las plataformas. También podrán pedir la portabilidad de datos y mantener la libertad de conexión.
Pero NO se prevén:
El seguro obligatorio que se menciona es de accidentes personales y su financiamiento queda sujeto a un acuerdo entre partes, sin imponer responsabilidades claras a las plataformas ni considerar que esta cobertura equivale a una ART.
El proyecto indica que los repartidores recibirán una retribución "del usuario consumidor a través de la plataforma", reforzando la idea de que la app no emplea, solo conecta. También establece que percibirán el 100% de las propinas, un beneficio habitual pero que no reemplaza un ingreso estable ni un piso salarial.
El capítulo sobre plataformas se presenta como un impulso al desarrollo de la economía digital, pero lo hace sacrificando derechos laborales esenciales. Los repartidores trabajan sin relación de dependencia, sin estabilidad y sin respaldo de las empresas que organizan la actividad mediante algoritmos que definen ganancias y sanciones.
Mientras los trabajadores quedan atados a obligaciones tributarias, operativas y contractuales, las plataformas no asumen compromisos equivalentes. El proyecto recrea la lógica del "emprendedor independiente", pero lo hace en un contexto donde las aplicaciones ejercen control directo sobre la operatoria diaria.
En definitiva, la reforma laboral llega a Pedidos Ya, Rappi, Mercado Libre y otras plataformas sin reconocer a quienes sostienen el servicio como trabajadores. La regulación no solo les niega la relación de dependencia: además consolida un modelo donde quienes pedalean, conducen o caminan las calles cargan con todos los riesgos y muy pocos derechos.
COMPARTE TU OPINION | DEJANOS UN COMENTARIO
Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de sanciones legales.