4 de septiembre de 2026
Las compañías deberán realizar aportes obligatorios al Fondo de Asistencia Laboral, destinado al pago de indemnizaciones y juicios laborales.
El Gobierno avanza con la implementación de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), una de las novedades introducidas por la reforma laboral para financiar el pago de indemnizaciones por despido y obligaciones derivadas de juicios laborales. En los próximos meses, las empresas deberán comenzar a realizar los aportes previstos por el nuevo esquema.
El mecanismo alcanzará a las empresas que tengan trabajadores contratados en el país, independientemente de la cantidad de empleados. Las compañías deberán contar con una cuenta específica administrada por una entidad habilitada, donde quedarán depositados los recursos destinados al fondo.
El sistema contempla algunas excepciones. Los trabajadores de la construcción, el personal de casas particulares y los empleados públicos quedan fuera del régimen general, debido a que cuentan con esquemas laborales específicos o no se encuentran comprendidos dentro del mecanismo.
Según el diseño previsto, los recursos acumulados en los FAL sólo podrán utilizarse para afrontar indemnizaciones por despido o pagos vinculados con juicios laborales. De esta manera, el dinero tendrá una finalidad específica y no podrá ser utilizado libremente por las empresas para otros gastos.
El esquema también establece aportes diferenciados según el tamaño de las compañías. Las pequeñas y medianas empresas destinarán hasta el 2,5% de determinados aportes patronales, mientras que para las grandes empresas el porcentaje previsto será del 1%. Los empleadores continuarán realizando sus pagos habituales a través de ARCA y una parte será derivada al fondo correspondiente.
La puesta en funcionamiento del sistema abrió además una competencia entre bancos y administradoras interesadas en manejar esos recursos. Distintas entidades comenzaron a preparar ofertas y beneficios destinados a captar empresas que deberán seleccionar dónde mantener sus fondos.
Uno de los puntos que todavía genera interrogantes es qué ocurrirá con las compañías que no elijan una administradora dentro del plazo previsto. La reglamentación contempla que, en esos casos, la Secretaría de Trabajo pueda asignar una entidad mediante un mecanismo de selección o "sorteo" entre las administradoras habilitadas.
La implementación del FAL será uno de los primeros efectos concretos de la reforma laboral sobre el régimen de desvinculaciones. Mientras avanzan los últimos detalles operativos, las empresas deberán adecuarse al nuevo sistema y comenzar a financiar fondos específicamente destinados al pago de indemnizaciones y litigios laborales.
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