10 de diciembre de 2025

REFORMA LABORAL

REFORMA LABORAL . Los puntos más salientes de una reforma que es pro empresarial y contra los trabajadores

Mientras Javier y Karina Milei se encuentran de gira en Europa, el Ejecutivo activó el envío al Senado del proyecto de reforma laboral. La iniciativa incluye restricciones a asambleas en los lugares de trabajo, multas millonarias a sindicatos y cambios de fondo en convenios, indemnizaciones y derechos colectivos.

Con el presidente Javier Milei y su hermana Karina en Noruega, el Gobierno nacional reactivó formalmente la reforma laboral, uno de los proyectos más sensibles y de mayor costo político de la gestión libertaria, a días de cumplirse dos años de mandato. La iniciativa ingresará en las próximas horas al Senado y ya generó el rechazo explícito de la CGT.

El vocero presidencial, Manuel Adorni, fue el encargado de comunicar los lineamientos generales del proyecto en una conferencia sin preguntas, donde reconoció que el texto "se filtró a la prensa" y que la versión definitiva será publicada en Argentina.gob.ar. Pese a ello, evitó brindar precisiones sobre los cambios más controvertidos.

Entre los ejes centrales, el Gobierno impulsa la eliminación de la ultraactividad de los convenios colectivos, la prioridad de los acuerdos por empresa o región por sobre los nacionales y una "modernización" de la Ley de Contrato de Trabajo orientada a reducir la litigiosidad. El Ejecutivo también propone bancos de horas, fraccionamiento de vacaciones, cambios en el trabajo agrario y la derogación de la Ley de Teletrabajo.

Uno de los puntos más sensibles es la creación de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), un nuevo esquema para cubrir indemnizaciones por despido mediante aportes previos de las empresas, equivalentes al 3% de la masa salarial, junto con una reducción de contribuciones patronales. La iniciativa incluye además incentivos fiscales para nuevas contrataciones, un régimen específico para repartidores de plataformas digitales (a los que no se reconoce como trabajadores en relación de dependencia) y un supuesto plan de regularización del empleo no registrado.

En paralelo, el proyecto avanza sobre los derechos colectivos. Además de imponer límites al derecho de huelga en múltiples actividades, la reforma restringe de manera significativa la convocatoria y realización de asambleas sindicales dentro y fuera de las empresas. Según la modificación prevista al artículo 20 de la Ley de Asociaciones Profesionales, las asambleas deberán contar con autorización previa del empleador respecto del horario, la duración y el lugar, y quienes participen no percibirán salario durante ese tiempo.

El texto establece que "la asociación sindical, legalmente reconocida, podrá convocar a asambleas (...) siempre que ello no afecte el normal desarrollo de las actividades de la empresa ni cause perjuicio a terceros", pero condiciona su realización al aval patronal. En caso de celebrarse dentro del establecimiento, también será necesaria autorización expresa sobre el espacio físico.

Para los delegados gremiales, el proyecto fija un crédito de hasta 10 horas mensuales remuneradas para tareas sindicales, salvo que el convenio colectivo disponga un piso mayor, con la condición de que su ejercicio no interrumpa la actividad laboral.

El régimen sancionatorio aparece como otro punto de fuerte tensión. El proyecto califica como "prácticas desleales" la convocatoria a asambleas que violen estas disposiciones o cualquier acción que "interfiera intencionalmente" con el funcionamiento de la empresa. Las infracciones graves podrán ser castigadas con multas de hasta el 2000% del Salario Mínimo, Vital y Móvil, y habilitan acciones judiciales por parte de cualquier damnificado.

La CGT ya dejó ver su rechazo. El representante de la central obrera en el Consejo de Mayo, Gerardo Martínez, se ausentó de la última reunión y dejó constancia formal de la posición sindical. Según el informe del Consejo, la CGT reclamó mantener la tutela del trabajador, la indemnización por antigüedad, la protección frente al despido discriminatorio y cuestionó la falta de definiciones sobre qué actividades quedarían fuera de la Ley de Contrato de Trabajo, como las plataformas digitales.

La central obrera también advirtió sobre la eliminación de beneficios no remunerativos sin mecanismos compensatorios y convocó a una nueva reunión de su consejo directivo para analizar en detalle el alcance de la reforma.

Con este proyecto, el Gobierno redobla su ofensiva sobre el derecho laboral y sindical, en una apuesta por un esquema más flexible y pro-empresa que promete profundizar el conflicto con el movimiento obrero organizado.

En suma los principales cambios que propone la reforma son:

  • Eliminación de la ultraactividad de los convenios colectivos (los acuerdos dejan de mantenerse indefinidamente si no se renuevan).
  • Prioridad a acuerdos colectivos por empresa o región sobre los nacionales/sectoriales.
  • Modernización de la Ley de Contrato de Trabajo para reducir la litigiosidad laboral.
  • Implementación de bancos de horas (flexibilización de jornadas).
  • Fraccionamiento de vacaciones.
  • Cambios específicos en el régimen de trabajo agrario.
  • Derogación de la Ley de Teletrabajo.
  • Creación de Fondos de Asistencia Laboral (FAL): nuevo esquema para cubrir indemnizaciones por despido con aportes empresariales del 3% de la masa salarial, junto con reducción de contribuciones patronales.
  • Incentivos fiscales para nuevas contrataciones.
  • Régimen específico para repartidores de plataformas digitales.
  • Plan de regularización del empleo no registrado.
  • Límites al derecho de huelga en múltiples actividades esenciales.
  • Restricciones a asambleas sindicales: requieren autorización previa del empleador (horario, duración, lugar); no se paga salario durante su realización; deben no afectar el normal desarrollo de la empresa ni causar perjuicio a terceros.
  • Crédito de horas para delegados gremiales: hasta 10 horas mensuales remuneradas (salvo mayor en convenio), sin interrumpir la actividad laboral.
  • Régimen sancionatorio reforzado: califica como "prácticas desleales" las asambleas no autorizadas o acciones que interfieran en la empresa; multas de hasta 2000% del SMVM y acciones judiciales por damnificados.

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