El juicio llegó a la Corte de Mendoza y, luego de una audiencia de conciliación fallida, el máximo tribunal deberá juzgar si hubo o no relación de dependencia encubierta.
La Justicia consideró que la sanción fue desproporcionada, ya que la empresa no aplicó advertencias previas ni sanciones menores, y el hábito era común dentro del establecimiento.
Según el fallo, la etiqueta que las partes le pongan a su relación no define su verdadera naturaleza. Se busca proteger derechos frente a maniobras para difrazar el vínculo laboral.